Se convocan:
Cuarenta y tres plazas de Auxiliar Administrativo/a, pertenecientes a la escala Administración General, subescala Auxiliar, grupo C2, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno general.
Tres plazas de Auxiliar Administrativo/a, pertenecientes a la escala Administración General, subescala Auxiliar, grupo C2, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno discapacidad intelectual.
Cinco plazas de Auxiliar Administrativo/a, pertenecientes a la escala Administración General, subescala Auxiliar, grupo C2, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno discapacidad.
Dos plazas de Auxiliar Administrativo/a, pertenecientes a la escala Administración General, subescala Auxiliar, grupo C2, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno enfermedad mental.
Descripción General de la Convocatoria
El objeto de las presentes bases específicas es la provisión en propiedad de 53 plazas de Auxiliar Administrativo/a de Administración General, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público para los años 2020, 2021, 2022 y 2023. Las plazas se encuadran en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliares, subgrupo de clasificación profesional C2, y el sistema de provisión es el de concurso oposición libre.
Requisitos para los Aspirantes
Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
A) Tener nacionalidad española o estar incursa en alguno de los supuestos previstos en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de Octubre.
B) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
C) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
D) No haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de las funciones públicas.
E) Estar en posesión del título de Enseñanza Secundaria Obligatoria o equivalente.
F) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se establezcan en los anexos correspondientes.
Los requisitos establecidos en la base anterior, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.
Proceso de Inscripción
El plazo para presentar las solicitudes de participación queda comprendido desde el 4 al 31 de enero de 2023, ambos inclusive.
Proceso de Selección
Primera fase: Oposición. Se celebrará previamente a la fase de concurso y tendrá carácter eliminatorio. Su desarrollo se efectuará de acuerdo con lo previsto en la base 8.2.
Segunda fase: Concurso. Se celebrará con posterioridad a la fase de oposición. No tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Su desarrollo se efectuará de acuerdo a lo previsto en la base 8.3.
8.2. Fase de Oposición: Constará de tres pruebas obligatorias y de carácter eliminatorio cada una de ellas, que versarán sobre los programas que figuran en las correspondientes convocatorias de cada categoría, siendo las dos primeras de carácter teórico y la tercera de carácter práctico. La puntuación máxima total que podrá obtenerse será de 70 puntos, y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los tres ejercicios de que consta la oposición. Los ejercicios de que consta la fase de oposición son los siguientes:
A) Primer ejercicio (teórico)
Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, todas ellas relacionadas con el bloque I de materias comunes del temario de cada categoría. La puntuación máxima del ejercicio será de 20,00 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 10,00 puntos para entenderlo superado.
55 PREGUNTAS EVALUABLES Y 5 ÚLTIMAS DE RESERVA — 50 MINUTOS
El tribunal deberá informar a los/as candidatos/as, antes de la realización del ejercicio tipo test, de la incidencia que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente, que será la siguiente:
– Cada respuesta errónea se penalizará con el cincuenta por ciento (50 %) del valor de una respuesta acertada. La puntuación del ejercicio será la correspondiente a aplicar la siguiente fórmula:
[Aciertos – fallos/2] x puntuación máxima de cada ejercicio/número de preguntas evaluables del ejercicio.
– Cada respuesta en blanco, no tendrá incidencia sobre la puntuación.
B) Segundo ejercicio (teórico)
Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, todas ellas relacionadas con el bloque II de materias específicas del temario de cada categoría. La puntuación máxima de esta prueba será de 25 puntos, debiéndose obtener una puntuación mínima de 12,5 puntos para entenderla superada.
75 PREGUNTAS EVALUABLES Y 5 ÚLTIMAS DE RESERVA — 60 MINUTOS
El tribunal deberá informar a los/as candidatos/as, antes de la realización del ejercicio tipo test, de la incidencia que tendrá en la puntuación del mismo las preguntas no contestadas (en blanco) o/y las contestadas erróneamente, que será la siguiente:
– Cada respuesta errónea se penalizará con el cincuenta por ciento (50 %) del valor de una respuesta acertada. La puntuación del ejercicio será la correspondiente a aplicar la siguiente fórmula:
[Aciertos – fallos/2] x puntuación máxima de cada ejercicio/número de preguntas evaluables del ejercicio.
– Cada respuesta en blanco, no tendrá incidencia sobre la puntuación.
C) Tercer ejercicio (práctico)
Para las categorías del subgrupo C2 y E, esta prueba consistirá en la resolución de un supuesto práctico de entre los dos propuestos por el tribunal, en relación con el bloque de las materias específicas que figura en los temarios de cada categoría, que se podrá resolver según determine el tribunal mediante: El análisis de un supuesto; la preparación de un informe; la contestación de preguntas con respuestas breves; test multirrespuesta, etc. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será establecido por el tribunal, informándose a los/as aspirantes al inicio de la misma.
El tribunal informará, en el anuncio que señale la fecha de realización de este ejercicio, el posible uso de textos de consulta y material específico para el desarrollo de esta prueba.
La puntuación máxima de la prueba práctica será de 25 puntos, debiéndose obtener una puntuación mínima de 12,5 puntos para entenderla superada.
8.3. Fase de concurso: Consultar las bases para calcular el autobaremo
Temario
1. La Constitución española de 1978: Principios Generales. Características y estructura. Reforma de la Constitución
2. Procedimiento Administrativo Común: Los derechos del ciudadano en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Consideración especial del interesado: Concepto y capacidad de obrar. Identificación y firma de los interesados. Normas generales de actuación de la actividad de las Administraciones Públicas.
3. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica en la Ley 7/1985. Organización y competencias provinciales y municipales.
4. Personal al servicio de las entidades locales: La función pública local y su organización. Selección y situaciones administrativas. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales.
Bloque II. Materias específicas
1. Los órganos colegiados locales. Convocatoria, orden del día. Requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y certificados de acuerdos.
2. Procedimiento Administrativo Común (I): El acto administrativo. Requisitos. La eficacia de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos en vía administrativa. Los recursos administrativos.
3. Procedimiento Administrativo Común (II): Las fases del procedimiento administrativo. Iniciación, Ordenación, Instrucción y Finalización. La ejecución.
4. Funcionamiento electrónico del sector público (I): Sede electrónica. Canales y puntos de acceso. Identificación y autenticación. Firma electrónica.
5. El Funcionamiento electrónico del sector público (II): El acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos. Los servicios públicos electrónicos. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
6. Funcionamiento electrónico del sector público (III): Registro y archivo electrónico. Comunicaciones y notificaciones electrónicas.
7. Funcionamiento electrónico del sector público (IV): La gestión electrónica de los procedimientos administrativos. Expediente y documento electrónico. La simplificación y reducción de cargas administrativas en la tramitación electrónica en las Administraciones Públicas.
8. El presupuesto de las entidades locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización.
9. La Ley de contratos del Sector Público (I): Disposiciones Generales. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
10. La Ley de contratos del Sector Público (II): Contratos del Sector Público.
11. La actividad subvencional de las Administraciones Públicas (I). La Ley 38/2003, 17 de noviembre, General de Subvenciones: Ámbito de aplicación y disposiciones a las subvenciones públicas comunes.
12. La actividad subvencional de las Administraciones Públicas (II). La Ley 38/2003, 17 de noviembre, General de Subvenciones: procedimiento de concesión y gestión de subvenciones.
13. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información pública y Buen Gobierno. La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
14. Principios básicos de Prevención de Riesgos Laborales. Normativa legal. Modalidades de organización de la prevención en la empresa. Gestión de la actividad preventiva.
15. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Las Políticas Públicas para la Igualdad y el Derecho de Igualdad y no Discriminación. El principio de igualdad en el empleo público. La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, y la Ley 9/2018, de 8 de octubre, de modificación de la anterior.
16. La protección de datos de carácter personal: Normativa de la Unión Europea y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
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Fuente de la información: Boletín de la Provincia de Málaga