El Ayuntamiento de Molina de Segura ha convocado un proceso selectivo para cubrir 14 plazas de Auxiliar de Administración General mediante concurso-oposición libre. A continuación, te ofrecemos toda la información relevante para que puedas prepararte adecuadamente.

Características de la Convocatoria

Plazas disponibles: 14 plazas de Auxiliar de Administración General.
– Grupo/Subgrupo: C2.
– Escala: Administración General.
– Subescala: Auxiliar.
– Concurso – Oposición

Oferta de Empleo Público:
– 2 plazas de la oferta de 2020.
– 6 plazas de la oferta de 2021.
– 4 plazas de la oferta de 2022.
– 2 plazas de la oferta de 2023.

Códigos de las plazas: PZ0027.0001, PZ0027.0002, PZ0027.0008, PZ0027.0011, PZ0027.0012, PZ0027.0015, PZ0027.0025, PZ0027.0030, PZ0027.0036, PZ0027.0038, PZ0027.0047, PZ0027.0052, PZ0027.0055, PZ0027.0064.

Requisitos de los Aspirantes

Para participar en este proceso selectivo, los aspirantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
– Tener la nacionalidad española o cumplir con los requisitos de acceso al empleo público para nacionales de otros estados según el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015.
– Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
– Tener cumplidos los 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
– No haber sido separado del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado.
– Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

Presentación de Solicitudes

Plazo: Desde el 10 de mayo hasta el 6 de junio de 2024.

Documentación necesaria:
– Fotocopia simple del DNI o pasaporte.
– Fotocopia simple de la titulación requerida.
– Resguardo de haber abonado la tasa de examen (19,68 €). Las tasas deben abonarse mediante transferencia a la cuenta bancaria del Ayuntamiento de Molina de Segura (CAIXABANK): ES86 2100 8160 8113 0015 5591.

Exenciones y bonificaciones:
– Exención para desempleados de larga duración.
– Bonificación del 100% para miembros de familia numerosa de categoría especial y del 50% para categoría general.
– Reducción del 50% para personas con discapacidad igual o superior al 33% y para miembros de familias monoparentales.